Por: Miguel Florentino
Los ciudadanos dominicanos no son muy conocedores de las leyes que nos rigen como sociedad, por lo tanto cometemos infracciones por desconocimiento. A partir de agosto de este año 2026 entra en vigor el nuevo código penal de la República Dominicana y es muy importante que todos conozcamos algunos artículos para evitarnos problemas.
En esta ocasión quiero referirme al artículo 192 de este código penal, el cual establece que, toda persona que reenvíe cualquier foto, videos, audios e imágenes sin autorización explícita de las personas involucradas en ellos, tendrá una sanción de 6 meses a un año de prisión correccional y multas de 1 a 2 salarios mínimos del sector público, es decir que los comunicadores deberán cumplir con estas disposiciones.
Otro ingrediente con este artículo es que si las imágenes son íntimas y se utiliza la IA para alterar las mismas;la sanción es de 1 – 5 años de prisión, esperamos que el tribunal constitucional corrija estos excesos que tiene el nuevo código penal.
Es cierto que esta ley 74-25 tiene un 90 por ciento de disposiciones positivas y favorables, pero entendemos que hay algunas que deben ser evaluadas una vez más, pues las consideramos excesivamente extremas.
@MiguelFlorentinoSDN

