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viernes, mayo 22, 2026

JCE reglamenta el registro de encuestadoras y la publicación de sondeos electorales en RD

Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) publicó este viernes su reglamento para el registro de firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, una normativa que busca garantizar transparencia, rigor técnico y equidad en los procesos electorales dominicanos.

El documento, firmado por el presidente del organismo, Román Andrés Jáquez Liranzo, y los demás miembros del Pleno, establece que solo las empresas debidamente registradas ante la JCE podrán realizar y publicar encuestas con fines electorales.

Requisitos y procedimiento de registro

Para obtener la habilitación, las firmas encuestadoras deberán depositar ante la Secretaría General de la JCE sus estatutos sociales, nómina de accionistas y directivos, composición del consejo de administración, filiales internacionales si las tuviera, y los currículos de los técnicos que participen en los sondeos.

La Dirección Nacional de Elecciones contará con hasta 15 días laborables para verificar los requisitos, tras lo cual elevará una recomendación al Pleno, que dispondrá de igual plazo para emitir la constancia de habilitación. Las empresas rechazadas podrán recurrir en reconsideración dentro de los 30 días siguientes a la notificación.

Prohibición de publicar encuestas fuera de campaña

Uno de los aspectos más destacados del reglamento es la prohibición de publicar o difundir encuestas con fines electorales antes del inicio formal del período de precampaña, que arranca el primer domingo de julio del año previo a las elecciones. La JCE argumenta que su publicación anticipada puede generar ventajas indebidas entre los actores políticos que figuren en dichos sondeos.

Las organizaciones políticas podrán contratar encuestadoras para trabajos internos fuera de ese período, pero no podrán publicar sus resultados.

Encuestas de boca de urna

El reglamento también regula los sondeos de salida o exit poll. Quienes deseen realizarlos deberán notificarlo a la JCE con al menos ocho días de anticipación. Los resultados deberán entregarse en sobres cerrados a la Secretaría General dentro de las tres horas posteriores al cierre de votaciones, y solo podrán publicarse cuatro horas después de vencido ese plazo.

Sanciones

El incumplimiento de las disposiciones acarrea sanciones que van desde multas de uno a 200 salarios mínimos hasta la suspensión temporal o cancelación definitiva del registro. Las empresas ya registradas tienen 30 días laborables desde la publicación del reglamento para actualizar sus expedientes, bajo pena de revocación.

El reglamento fue publicado en cumplimiento del artículo 31 de la Ley 107-13 sobre procedimiento administrativo y puede consultarse en la página web institucional del organismo: www.jce.gob.do.

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