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martes, octubre 13, 2026

Jean Andrés Pumarol Fernandez, debe ser procesado como una persona normal, para que responda por los hechos que cometió tal y como lo confirma el Instituto Nacional de Ciencias Forenses INACIF

Santo Domingo. -Jean Andrés Pumarol Fernandez, acusado de matar a la señora Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, asesinada junto a su perrita, el 23 de julio del 2025, en un ataque perpetrado en su apartamento del ensanche Naco, debe ser procesado como una persona normal, para que responda por los hechos que cometió tal y como lo confirma el Instituto Nacional de Ciencias Forenses INACIF.

 El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó la audiencia para el 04 de noviembre 2026, la audiencia de juicio de fondo. 

Por lo que los familiares de la señora Handal Abugabir, piden a los jueces Gisselle Méndez, Emely Bruno y Yulelka Henríquez, rechazar la solicitud para que el acusado sea declarado inimputable.

Hablando a través de su abogado el doctor Miguel Valerio, sostienen que Pumarol Fernandez, debe ser procesado como una persona normal, ya que sus acciones dejan bien claro que actuó con consentimiento de causa.

Para cometer el hecho se escondía detrás de la puerta para no ser visto por el ojo mágico cuando la trabajadora se acercaba a la puerta, desconectó el teléfono del apartamento para que los familiares no tuvieran comunicación.

El doctor Valerio representante de la familia de la víctima dijo que el Inacif establece que el imputado se encuentra apto para ser sometido a juicio, comprender los cargos y participar en el proceso. 

Así lo consigna el doctor Valerio en el escrito de contestación y solicitud de rechazo a la solicitud de aplicación de Procedimiento para inimputables, depositado en fecha 15 de septiembre de 2026, por el imputado Pumarol Fernández, en ocasión al proceso penal marcado con el número 2025-0190209, seguido en su contra y que se inicia este martes 13 de octubre 2026.

Dijo que, respecto de su estado mental al momento de los hechos, el informe no establece de manera categórica su inimputabilidad, sino que señala que es “probable” que hubiese experimentado un episodio psicótico. 

Indica que tal conclusión, expresada en términos de probabilidad, no permite tener por acreditada la inimputabilidad ni justificar anticipadamente la aplicación de un procedimiento especial, por lo que la determinación de dicho estado y de su eventual incidencia en la capacidad del imputado debe ser sometida al contradictorio y establecida mediante la valoración integral de la prueba en el juicio de fondo.

El abogado pidió a los jueces rechazar la solicitud de Aplicación de Procedimiento para Inimputables, previsto en el artículo 381 y siguientes del Código Procesal Penal presentada por el imputado Jean André Pumarol Fernández, por improcedente, mal fundada y carente de base jurídica suficiente. 

‘’Todo esto en atención a que el propio Informe Pericial del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) establece expresamente que el imputado posee capacidad para comprender los cargos que se le imputan, continuar el proceso judicial y brindar testimonio, encontrándose, por tanto, apto para afrontar el proceso y comparecer a juicio’’.

La petición fue hecha en nombre de los familiares de la señora Handal Abugair; María Teresa Fabian De Heredia, Carolyn Gisselle Taveras Handal, Evelyn Ivonne Taveras Handal De Díaz, Walleska Maria Handal, Nancy Licet Handal Abugabir y Antonio Jesús Handal Abugabir.

En su ataque que se desplazaba apartamento por apartamento utilizó dos cuchillos y después de cometer los hechos hasta utilizó el teléfono del apartamento y lo desconectó.

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